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Reagrupación familiar en Portugal 2026: requisitos y plazos

Cosmic Vortex · Actualizado 2026-09-29 ✓ con fuentes

La reagrupación familiar (reagrupamento familiar) es la vía por la que un ciudadano de fuera de la UE que ya vive en Portugal con permiso de residencia trae a su cónyuge o pareja, a sus hijos o a sus padres a cargo. Las reglas cambiaron mucho con la Lei 61/2025 (en vigor desde el 23 de octubre de 2025): la mayoría de los titulares espera ahora dos años antes de poder solicitarla, y la AIMA tiene hasta nueve meses para resolver. Esta guía resume la ley vigente, lo que publican la AIMA y los consulados y los puntos en los que la práctica aún no está clara, a septiembre de 2026.

Quién la solicita: un ciudadano de fuera de la UE con permiso de residencia portugués válido. Los familiares de ciudadanos de la UE siguen otra vía (ver más abajo).
Espera: permiso válido desde hace 2 años; 15 meses para el cónyuge o pareja con quien convivió 18 meses antes de llegar. Sin espera para hijos menores a cargo, para el otro progenitor y para las familias de titulares de actividad altamente cualificada, Golden Visa y Tarjeta Azul UE.
Medios: 920 € al mes para el titular, +460 € por cada adulto adicional, +276 € por hijo, garantizados al menos 12 meses y sin ayudas sociales. Una pareja: 1 380 €/mes.
Vivienda: propia o alquilada, normal para una familia de ese tamaño en la región.
Plazos: la AIMA resuelve en 9 meses (prorrogables en casos complejos); el silencio ya no equivale a aprobación. Tras la aprobación, la familia tiene 90 días para pedir el visado.
Tras la llegada: un permiso de la misma duración que el del titular; cursos de portugués y de formación cívica, y escolarización de los menores, que se comprueban en la renovación.

Quién puede solicitarla y quién puede venir

El titular del derecho es un nacional de un país de fuera de la UE con permiso de residencia válido en Portugal (Lei 23/2007, art. 98). Los familiares cubiertos por la ley (arts. 99 y 100) son:

  • Cónyuge, o pareja de hecho acreditada conforme a la ley. La AIMA pide documentos que prueben la unión desde hace más de 2 años.
  • Hijos menores o incapaces a cargo de la pareja o de uno de los cónyuges, incluidos adoptados si la adopción está reconocida en Portugal.
  • Hijos mayores solteros, a cargo de la pareja y estudiando en un centro de enseñanza en Portugal.
  • Padres del titular o del cónyuge, si están a su cargo.
  • Hermanos menores bajo tutela del titular, con decisión reconocida en Portugal.

Desde la Lei 61/2025, el matrimonio o la pareja de hecho solo cuentan si son válidos y reconocidos por la ley portuguesa, y ambos deben tener al menos 18 años en la fecha de la solicitud (art. 99.6). Traer a un hijo de solo uno de los cónyuges exige la autorización escrita del otro progenitor, autenticada por un consulado portugués, o una resolución que le otorgue la custodia (art. 99.4).

Si el permiso es de estudios, prácticas no remuneradas o voluntariado, solo cuentan el cónyuge o pareja y los hijos menores, no los padres ni los hijos mayores (art. 99.3).

La regla de los 2 años y quién está exento

Hasta octubre de 2025 cualquier titular de un permiso válido podía solicitarla de inmediato. La Lei 61/2025 reescribió el art. 98: ahora hace falta un permiso de residencia válido desde hace al menos dos años. La regla se aplica a las solicitudes presentadas tras la entrada en vigor de la ley, el 23 de octubre de 2025 (Lei 61/2025, art. 8).

Permiso del titularCónyuge o parejaHijos menoresPadres, hijos mayores
D7, D8, D2, trabajo (también tras un visado de búsqueda de empleo)2 años; 15 meses con 18 meses de convivencia antes de llegar; sin espera si es el otro progenitor de un hijo menorSin espera2 años
Actividad altamente cualificada, docente o cultural (art. 90, p. ej. el D3)Sin esperaSin esperaSin espera
Golden Visa (art. 90-A)Sin esperaSin esperaSin espera
Tarjeta Azul UE (art. 121-A)Sin esperaSin esperaSin espera

La opción de 15 meses es para el cónyuge o pareja que haya convivido con el titular al menos 18 meses en el periodo inmediatamente anterior a su entrada en Portugal (art. 98.2). En casos excepcionales y justificados, el miembro del Gobierno responsable de migraciones puede suprimir o reducir la espera, valorando la solidez de los lazos familiares y la integración (art. 98.4); no existe formulario para ello, así que conviene tratarlo como excepción y no como plan.

El D7 y el D8 no figuran entre las exenciones: un titular de D7 o D8 que llega solo espera, por regla general, dos años por su cónyuge o sus padres. Por eso conviene decidir la mudanza de la familia antes del visado principal.

Venir juntos en lugar de esperar

Existe una segunda vía que no es reagrupación: los familiares pueden pedir sus propios visados de residencia a la vez que el solicitante principal, para acompañarle (art. 58.5). El consulado pide entonces prueba de los lazos familiares y de recursos estables para toda la familia durante la estancia, o 12 meses si es menos (MNE, "acompanhamento de requerente"). El MNE indica que el visado de reagrupación no está pensado para quien lo pide de esta forma.

Tras la llegada, cada familiar pide su permiso en la AIMA. Las páginas públicas de la AIMA y del MNE no explican cómo se aplica la regla de los dos años a quien entró con visado de acompañamiento, así que confirme el procedimiento con el consulado y la AIMA antes de contar con él. Para familias con hijos, vea D8 con hijos.

Si su pareja es ciudadana de la UE: otra vía

La reagrupación del art. 98 es solo para familiares de residentes de fuera de la UE. Si la persona con la que se reúne es ciudadana de un país de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, se aplican las reglas de libre circulación: sin espera de dos años, sin ingresos mínimos, tarjeta de residencia emitida en tres meses y derecho a trabajar desde el primer día. Vea tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE y ciudadanos de la UE. Los familiares que son a su vez nacionales de la UE, del EEE o de Suiza no necesitan visado de reagrupación.

Cuánto dinero hace falta en 2026

El titular debe disponer de medios "suficientes para mantener a todos los miembros de la familia, sin recurrir a ayudas sociales" (art. 101.1 b). La referencia es la Portaria 1563/2007: el salario mínimo mensual garantizado, 920 € en 2026, contado por persona: 100% para el primer adulto, 50% (460 €) para cada adulto siguiente y 30% (276 €) para cada menor de 18 años o hijo mayor a cargo. En la reagrupación, estos medios deben estar garantizados durante al menos 12 meses (Portaria, art. 9). Ejemplos (la columna de 12 meses es una simple multiplicación):

Hogar en PortugalAl mes12 meses
Titular + cónyuge1 380 €16 560 €
Titular + 1 hijo (monoparental)1 196 €14 352 €
Titular + cónyuge + 1 hijo1 656 €19 872 €
Titular + cónyuge + 2 hijos1 932 €23 184 €
Titular + cónyuge + 2 padres a cargo2 300 €27 600 €

Cuentan todas las personas que vivirán en el hogar, incluido el titular. Sirven el salario, la pensión u otros ingresos regulares; la Portaria exige recursos estables y regulares, de modo que cifras justo por encima del mínimo y de origen irregular debilitan el expediente. Cuando procede, la AIMA pide además un compromiso firmado sobre la subsistencia de la familia (termo de responsabilidade, Modelo 4), con la firma legitimada por notario, abogado o solicitador, salvo que se firme ante la AIMA. Más sobre los importes en ingresos necesarios para un visado de residencia.

Vivienda

Se necesita alojamiento, propio o alquilado, "considerado normal para una familia comparable en la misma región" y que cumpla las normas generales de seguridad y salubridad (art. 101.1 a). La ley remite su definición a una portaria; las páginas de la AIMA no publican un criterio numérico (metros cuadrados por persona), por lo que lo más seguro es un contrato de alquiler con un tamaño plausible para toda la familia.

Lo que la AIMA pide en la práctica es una declaración jurada del domicilio, indicando a qué título vive en él, con certificado del registro de la propiedad si es propietario, o declaración del arrendador o de quien le aloja si alquila. Si el casero se resiste, vea prueba de domicilio (morada).

Lista de documentos

La lista de la AIMA para la solicitud de familiares que están fuera de Portugal (art. 98.1):

  • Impreso oficial (Modelo 1), firmado por el titular del derecho.
  • Permiso de residencia del titular.
  • Copia autenticada del pasaporte de cada familiar.
  • Prueba autenticada del vínculo familiar (ver abajo).
  • Declaración jurada del domicilio, con certificado registral o declaración del arrendador.
  • Prueba de medios de subsistencia y, cuando proceda, el Modelo 4.
  • Antecedentes penales de cada familiar, del país de nacionalidad o del país donde vivió más de un año, autenticados. No se piden a menores de 16 años.

Prueba del vínculo, según el caso: certificado de matrimonio; certificado de nacimiento (para hijos mayores, también prueba de dependencia económica y de matrícula en Portugal); resolución de adopción; informe médico o resolución judicial sobre la incapacidad; autorización autenticada del otro progenitor o resolución de custodia; prueba de dependencia de los padres, por ejemplo transferencias regulares; resolución de tutela de los hermanos menores; documentos que prueben una pareja de hecho de más de 2 años.

⚠️ Todos los documentos emitidos en el extranjero deben estar apostillados o legalizados, y la AIMA considera válidos los certificados de nacimiento durante 1 año desde su emisión. Los documentos en otro idioma necesitan traducción de un notario portugués, del consulado portugués en el país de emisión o del consulado de ese país en Portugal. La AIMA advierte que la falta de documentos retrasa la decisión y puede llevar a la denegación. Vea apostillas y traducciones.

Paso a paso

  • 1. Compruebe desde qué fecha puede solicitarla: 2 años (o 15 meses) desde el inicio de la validez de su permiso, salvo exención.
  • 2. El titular la solicita en la AIMA, en Portugal, no la familia en el consulado. La solicitud se hace con cita previa y se entrega en persona en cualquier oficina de la AIMA. La AIMA puede entrevistar al titular y a los familiares (art. 104).
  • 3. La AIMA resuelve en 9 meses (art. 105). En casos excepcionales y complejos, el plazo puede prorrogarse una vez por el mismo periodo, informando al solicitante.
  • 4. Notificación: la aprobación se notifica al titular en 8 días (Decreto Regulamentar 84/2007, art. 68).
  • 5. La familia pide el visado en 90 días en el consulado portugués de su lugar de residencia, con la notificación de la AIMA, sus documentos de identidad y, para menores, la autorización de viaje de quien ejerza la patria potestad. Si no lo pide en ese plazo, la aprobación caduca.
  • 6. El consulado expide el visado de reagrupación (art. 64). El plazo general de los visados de residencia es de 60 días.
  • 7. Viaje: el visado permite dos entradas y una estancia de 4 meses (art. 58).
  • 8. Permiso en la AIMA: cada familiar solicita su permiso de residencia (art. 107).

Solo los plazos legales (9 meses en la AIMA y hasta 60 días en el consulado) suman unos 11 meses antes del viaje, y la preparación de documentos va aparte. Controle las fechas con el contador de plazos de la AIMA y la lista de mudanza.

Qué cambió en 2025 y 2026

Antes del 23/10/2025Ahora
EsperaNinguna: bastaba un permiso válido2 años (15 meses para algunos cónyuges), con exenciones
Decisión de la AIMA3 meses, +3 en casos complejos9 meses, +9 en casos complejos
Sin respuesta en plazoAprobación tácita a los 6 mesesSin aprobación tácita (art. 105.3 y 105.4 derogados)
IntegraciónNo exigidaFormación en portugués y cívica; se comprueba en la renovación

La Lei 62/2026, en vigor desde el 11 de septiembre de 2026, no modificó los artículos de la reagrupación. Cambió las reglas generales que se aplican a la familia una vez aquí: la AIMA debe resolver un permiso nuevo en 90 días (+30 en casos excepcionales) y una renovación en 60 días, y la renovación sin respuesta ya no se aprueba tácitamente (art. 82).

Familia que ya está en Portugal

Desde la Lei 61/2025, la solicitud para familiares que ya están en Portugal solo es posible para los familiares exentos de la espera: hijos menores o incapaces a cargo, el otro progenitor y las familias de titulares de los arts. 90, 90-A y 121-A, que hayan entrado y permanezcan en Portugal en esas condiciones en la fecha de la solicitud (art. 103.2). La AIMA pide prueba de entrada legal. El periodo transitorio de 180 días para otros familiares que ya estaban aquí terminó en abril de 2026 (Lei 61/2025, art. 6).

El Portal de Servicios de la AIMA admite por ahora solicitudes en línea solo para familiares que ya están en Portugal cuando el hogar incluye al menos un menor; las solicitudes para familiares en el extranjero van con cita presencial. Las preguntas frecuentes de la AIMA indican además que, de momento, los titulares de un permiso de residencia CPLP no pueden solicitar la reagrupación; confirme con la AIMA si esto ha cambiado. Los hijos de titulares nacidos en Portugal tienen vía propia (art. 122.1 a).

Tras la llegada: el permiso del familiar

  • Duración: la misma que el permiso del titular (art. 107.1). Los familiares de un residente permanente reciben 2 años, renovables por 3.
  • Permiso autónomo: pasados 2 años, mientras sigan los lazos, o antes si el titular tiene hijos menores residentes en Portugal. El cónyuge o pareja desde hace más de 5 años recibe un permiso autónomo desde el principio; la separación, el divorcio, la viudedad o la violencia doméstica también pueden justificarlo antes (art. 107).
  • Medidas de integración: los familiares reagrupados deben asistir a formación en lengua portuguesa y sobre principios y valores constitucionales, y los menores a la enseñanza obligatoria (art. 101.3). La renovación depende de acreditarlo, de no recurrir a ayudas sociales y del conocimiento de la lengua y de los valores constitucionales, salvo causa no imputable a los familiares (101.4). Los detalles quedan para un decreto reglamentario; pregunte a la AIMA qué cursos cuentan actualmente. Para los hijos, vea matricular a un hijo en una escuela portuguesa.
  • Ausencias: como cualquier permiso temporal, puede cancelarse tras 6 meses seguidos u 8 en total fuera del país sin causa justificada (art. 85). Vea salir de Portugal esperando la tarjeta.
  • Renovación: pídala al menos 30 días antes del vencimiento; vea renovación del permiso.

Cuánto cuesta

ConceptoImporteNotas
AIMA: recepción y análisis de la solicitud133,00 €99,80 € por canal digital
AIMA: concesión del permiso temporal114,30 €85,80 € digital; por familiar
Tarjeta urgente47,80 €Opcional; en 2 días hábiles tras la aprobación
Visado de reagrupación110 €Lo paga el cónyuge o los padres; los hijos están exentos
Familia de titular de Golden Visa842,80 € + 8 418,90 €Tasas propias, mucho más altas (presencial)
Medios (no es una tasa)16 560 € para una parejaGarantizados durante 12 meses

Las tasas de la AIMA proceden de su tabla actualizada el 26 de febrero de 2026; confirme las líneas exactas en la cita. Apostillas, traducciones, legitimación de firmas y la tasa del centro de visados van aparte y varían según el país.

Motivos habituales de denegación

  • Solicitar demasiado pronto: antes de los 2 años (o 15 meses) sin exención aplicable.
  • Medios por debajo del total del hogar, irregulares o dependientes de ayudas sociales.
  • Vivienda sin prueba de que sea adecuada para la familia.
  • Documentos: sin apostilla, certificado de nacimiento de más de un año, sin autorización del otro progenitor.
  • Un familiar con prohibición de entrada, una alerta en el SIS o que suponga una amenaza para el orden, la seguridad o la salud públicos (art. 106).
  • Matrimonio, pareja o adopción de conveniencia: motivo para cancelar el permiso incluso después de emitido (art. 108).

Antes de denegar, la AIMA debe ponderar los lazos familiares, el tiempo de residencia en Portugal y los vínculos con el país de origen. La denegación debe estar motivada y puede impugnarse ante los tribunales administrativos; si la familia ya está en Portugal y la denegación se basa solo en las condiciones (medios, vivienda), la impugnación la suspende (art. 106). La tasa de 75 € del recurso administrativo contra la denegación de visados no se aplica a las denegaciones ligadas a la reagrupación. Si su expediente se atasca, vea expediente de la AIMA atascado o denegado.

Residencia permanente y nacionalidad

Los familiares reagrupados acumulan su propio tiempo de residencia. La residencia permanente llega tras 5 años de residencia temporal, con portugués básico (art. 80). La nacionalidad exige 10 años de residencia legal (7 para nacionales de la CPLP y de la UE), según la Lei Orgânica 1/2026. Vea cuánto se tarda en obtener la nacionalidad y portugués A2.

¿Aún no sabe qué visado principal le conviene antes de planear la llegada de la familia? Pruebe el buscador de visados o lea la versión breve en preguntas sobre la reagrupación familiar. Todas las reglas anteriores proceden de la Lei 23/2007, modificada por las Leis 61/2025 y 62/2026, de la AIMA y del MNE, a septiembre de 2026; donde la práctica no está asentada, esta guía lo indica.

Pregunta por tu casoUna respuesta gratis al día, con las mismas fuentes que este artículo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo que esperar para traer a mi familia a Portugal?
Desde la Lei 61/2025, su permiso de residencia debe ser válido desde hace 2 años, o 15 meses para el cónyuge o pareja con quien convivió 18 meses antes de llegar. Los hijos menores a cargo y el otro progenitor pueden venir sin espera, igual que las familias de titulares de actividad altamente cualificada, Golden Visa y Tarjeta Azul UE.
¿La regla de los 2 años se aplica a los titulares de D7 y D8?
Sí. El D7 y el D8 no están entre las categorías exentas, así que el cónyuge o los padres a cargo esperan, por regla general, dos años; los hijos menores no. La familia puede evitar la espera pidiendo visados de acompañamiento a la vez que el solicitante principal, pero confirme con el consulado y la AIMA cómo se tramita esa vía.
¿Qué ingresos hacen falta para la reagrupación familiar en 2026?
El salario mínimo de 920 €/mes para el titular, más 460 € por cada adulto adicional y 276 € por hijo, garantizados al menos 12 meses y sin ayudas sociales. Una pareja necesita 1 380 € al mes (16 560 € al año); una pareja con dos hijos, 1 932 € (23 184 €).
¿Cuánto tarda la AIMA en resolver?
La ley da a la AIMA 9 meses, prorrogables una vez por el mismo periodo en casos excepcionales y complejos. La aprobación tácita se eliminó en 2025, así que la falta de respuesta no es un sí. Tras la aprobación, la familia tiene 90 días para pedir el visado en el consulado.
¿Puedo traer a mis padres a Portugal?
Sí, si son sus padres o los de su cónyuge y dependen económicamente de usted, lo que se prueba por ejemplo con transferencias regulares. Cuentan como adultos (460 € cada uno en el cálculo de medios), esperan los 2 años salvo que usted tenga un permiso exento, y cada uno paga el visado de 110 €.
Mi pareja es ciudadana de la UE. ¿Es esta mi vía?
No. Los familiares de ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza siguen las reglas de libre circulación: sin espera ni ingresos mínimos, y con una tarjeta de residencia emitida en tres meses. Vea la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE.
¿Los familiares reagrupados tienen que aprender portugués?
Sí. Desde la Lei 61/2025 deben asistir a formación en portugués y cívica, y los menores a la escuela; la renovación del permiso depende de ello, salvo causa que no les sea imputable. El miembro del Gobierno responsable de migraciones puede eximir por razones humanitarias.

¿Dónde se ha atascado?

Esta página le da la regla. Lo que no le puede dar es su caso — sus plazos, sus documentos, su consulado. Dígame dónde está y le digo qué resolver primero.

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